jueves, 8 de octubre de 2009

Controversia por basurero de El Cucharo, San Gil

Por: Jaime Neira Neira
Foto: Revista Portada
Barranquilla, Octubre 9 de 2009.
Por estos días se agita el ambiente político en todo el territorio nacional, y en San Gil no puede suceder algo distinto. Observo que se esta utilizando el problema de las basuras como bandera política para conquistar adeptos. Mas sin embargo es preciso contextualizar el problema y sacarlo de ese ambiente politiquero y llevarlo a sus verdaderas dimensiones.

Recientemente, un fallo del honorable Tribunal Administrativo De Santander, de fecha 3 de abril de 2009, Radicación No. 2002 – 2812, con ponencia del la magistrada FRANCY DEL PILAR PINILLA PEDRAZA, ordeno a través de una acción popular iniciada por el Líder Cívico MARCO ANTONIO VELÁSQUEZ, el amparo de los derechos colectivos a la salubridad publica, goce de un ambiente sano, existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación y restauración o restitución y el absceso a una estructura de servicios que garantice la salubridad publica.

Ordeno a San Gil, en el mismo fallo, realizar o viabilizar, la clausura, posclausura y saneamiento ambiental del lote de terreno en el sector rural de esa localidad (El Cucharo), utilizado como botadero de basura a cielo abierto por la empresa Biorganicos de Santander S.A., hoy en liquidación, en cumplimiento de lo ordenado en el articulo 130 del Decreto 1713 de 2002, para el cual se le concedió a los accionados un termino para el cumplimiento de tres (3) meses contados a partir de la Notificación de esa providencia. El mismo fallo, exhortó al municipio de San Gil para que si aun no lo había hecho, elaborara e iniciara la ejecución del plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos, conforme a lo dispuesto en el decreto 1713 de 2002 y en resolución 1045 de 2003, expedida por el Ministerios del medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. AMPLIACIÓN >


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Urgente
Gobernación solicita a los municipios de Santander la categorización para la vigencia 2010

El plazo vence el próximo 30 de octubre. Es apremiante la realización del trámite.


De acuerdo con el artículo 6 de la Ley 617 de 2000 los alcaldes determinarán anualmente mediante decreto expedido antes del 31 de octubre la categoría en la que se encuentra clasificado para el año siguiente (2010) el respectivo municipio.

“Para determinar la categoría, el decreto tendrá como base las certificaciones que expida el Contralor General de la República sobre los ingresos corrientes de libre destinación recaudados efectivamente en la vigencia anterior y sobre la relación porcentual entre los gastos de funcionamiento y los ingresos corrientes de libre destinación de la vigencia inmediatamente anterior y la certificación que expida el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Dane, sobre población para el año anterior”, explicó la secretaria de Planeación Departamental, Consuelo Ordoñez de Rincón.

La copia del decreto y las certificaciones que la sustentan deben ser remitidas al Ministerio del Interior y de Justicia para su registro, al igual que a la Secretaría de Planeación de Santander.

Si el alcalde no expide la certificación en el término señalado, dicha certificación será expedida por el Contralor General de la Nación en el mes de noviembre.

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